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ABUSO SEXUAL

I. Introducción

 

La misión del Colegio es la formación integral de los estudiantes, expresada en una preparación académica de calidad y en un desarrollo valórico de la persona, todo lo cual debe darse en un ambiente formativo sano, donde el cuidado personal y la seguridad física y psíquica debe ser una realidad cotidiana, estrictamente resguardada y supervisada por toda nuestra comunidad educativa.

 

Es por ello y conforme a las necesidades actuales de la sociedad en la que estamos insertos y a las indicaciones del Ministerio de Educación que nos rige, que el Colegio ha elaborado el presente documento con el fin de proteger el desarrollo armónico de nuestros alumnos, el buen clima escolar y con ello asegurar la sana convivencia entre alumnos, profesores y personal del Colegio.

 

Como Colegio declaramos firmemente que rechazamos todo tipo de violencia, como maltrato o abuso hacia alguno de nuestros alumnos y por el contrario, promovemos un ambiente donde la prevención, la educación en valores, la resolución de conflictos y el buen trato están en la prioridad de nuestra agenda.

 

Desde esta perspectiva, el presente documento es un aporte más para la unidad y coherencia de nuestra comunidad educativa pues colabora en la prevención de situaciones de riesgo de los alumnos y especifica como proceder, en caso que lamentablemente tuviéramos que enfrentar una situación de abuso sexual.

 

El Colegio Franz Liszt actuará con diligencia y prontitud para entregar a la Justicia un posible caso de abuso sexual, para que sea investigado y enjuiciado por ella y sancionado cuando corresponda, todo lo cual con el debido resguardo de la integridad física y psíquica de los involucrados y en conformidad a la Ley.

 

Todo esto con la mirada puesta en que como colegio somos garantes de derechos, de acuerdo a lo suscrito en la “Convención Internacional de los Derechos del Niño”, a la que Chile suscribió y ratificó en 1990. Esto quiere decir que después del Estado, nos cabe la responsabilidad de velar y hacer cumplir las leyes de protección a la infancia en nuestro país.

 

El abuso sexual infantil es una vulneración de los derechos de la infancia. No constituye un hecho privado, puesto que todo lo concerniente al desarrollo integral de una niña, niño, adolescente es de interés público, ya que la protección de la infancia es una responsabilidad de la comunidad en su conjunto.

 

II.- Objetivos de este protocolo

El presente protocolo tiene los siguientes objetivos específicos:

• Prevenir abusos sexuales u otros que atenten contra la integridad de los alumnos. • Aunar criterios respecto de los procedimientos a seguir ante posibles situaciones de abuso sexual.

 

• Clarificar el rol que tienen todos los directivos, profesores y trabajadores del establecimiento en la prevención y detección de situaciones de abuso sexual. • Actuar con diligencia y prontitud para entregar a la Justicia un posible caso de abuso, para que sea     investigado y enjuiciado por ella y sancionado cuando corresponda, todo lo cual con el debido resguardo    de la integridad física y psíquica de los involucrados y en conformidad a la Ley.

 

III. Persona a cargo de la implementación de este protocolo

 

La Directora, es la persona a cargo de dar cumplimiento al presente protocolo cuando exista denuncia, sospecha o acusación por posible abuso sexual. Ella  iniciara de inmediato el proceso de recibir, revisar y notificar a quien corresponda la situación de posible abuso sexual de la que se tome conocimiento.

 

La Directora cuenta con el conocimiento y la preparación adecuada para cumplir debidamente con el presente protocolo y para resguardar la integridad física y psicológica de los involucrados, hasta que la situación quede en manos de la justicia, quien será la que en definitiva investigue y juzgue lo ocurrido y sancione cuando corresponda y según la ley.

 

IV. Marco Teórico:

A. Definición de abuso sexual:

 “El abuso sexual ocurre cuando un adulto o adolescente recurre a la seducción, el chantaje, las amenazas, la manipulación psicológica y/o el uso de fuerza física para involucrar a un niño en actividades sexuales de cualquier índole. Implica involucrar al niño en una actividad que no corresponde a su nivel de desarrollo emocional, cognitivo, ni social, dañando su indemnidad sexual.”( Definición dada por el Servicio Nacional de Menores (SENAME)

 

Otra definición relativamente consensuada acerca del abuso sexual, es “involucrar a un niño en actividades sexuales que éste no puede comprender, para las cuales no está preparado en su desarrollo y que por lo tanto no puede consentir, y/o constituyen actos que violan los códigos sociales y legales establecidos en la sociedad.

 

El Abuso sexual Infantil es el contacto o interacción entre un niño o niña y un adulto, en el que es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niñas o niños del mismo sexo o de diferente sexo del agresor. (Guía Educativa, prevención del abuso sexual a niños y niñas, Ministerio de Justicia, Gobierno de Chile)

 

 B. El Abuso Sexual siempre es un delito:

Se castiga por la Ley, porque viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial, cuando son niños o niñas. (Guía Educativa de Prevención del Abuso sexual, dirigida a niños y niñas. Ministerio de Justicia, agosto 2011) Es necesario recordar que quiénes cometen este tipo de hechos pueden ser adultos (profesores, paradocentes, apoderados, auxiliares, etc.) como otros alumnos. Independiente de quién lo comete el hecho es un delito y debe ser denunciado ante las autoridades.

 

C. Sobre la denuncia del abuso:

¿Quiénes pueden denunciar un abuso sexual?

La denuncia sobre posible abuso sexual contra niños puede efectuarla la víctima, sus padres, el adulto que lo tenga bajo su cuidado (representante legal) o cualquier persona que se entere del hecho.

 

¿A quiénes obliga la ley a realizar esta denuncia?

Están obligados a denunciar: los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. Art.175 Código Procesal Penal: denuncia obligatoria.

 

¿Cuánto tiempo otorga la ley tiene para hacer la denuncia?

Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia DENTRO DE LAS 24 HORAS SIGUIENTES al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal. Art 176 Código Procesal Penal: plazo para realizar la denuncia.

 

¿Qué sucede por ley cuando no se denuncia?

 Las personas indicadas en el art. 175, que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe, incurrirán en la pena prevista en el Art. 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere. Art. 177 Código Procesal Penal: incumplimiento de la obligación de denunciar.

¿Dónde concurrir a realizar la denuncia?

 

 La denuncia puede realizarse indistintamente en Carabineros o en Investigaciones o en la Fiscalía. Si se hace en la policía, ésta enviará la denuncia al Ministerio Público, a través de su Fiscalía Local, la que deberá ordenar la investigación de los hechos denunciados.

 

Obligación de declarar como testigo

 La regla general del derecho chileno es que toda persona requerida por un tribunal para declarar, debe proporcionar la información de la que dispone.

Es probable que después de realizada la denuncia, se solicite la cooperación de la comunidad educativa en el esclarecimiento de ciertos hechos, en calidad de testigos.Ello implica por tanto que el colegio debe tomar las medidas que faciliten la participación de profesores, directivos y cualquier persona citada por la Fiscalía para que aporte con su testimonio.

 

V. Implementación del protocolo para la prevención del abuso sexual infantil:

A. Desarrollar actitudes y personalidades preventivas

Las víctimas de abuso sexual pueden ser cualquier niño o niña, sin existir un perfil o característica especial. Se da en todas las edades, clases sociales, religiones y niveles socioculturales. (Vicaría para la Educación, Arzobispado de Santiago, “Prevención de Abusos Sexuales en Niños, niñas y jóvenes en el Ambiente Escolar”, 2009) Pese a ello se han identificado algunas características que constituyen factores de riesgo para la ocurrencia del Abuso Sexual Infantil:

 

• Falta de educación sexual • Baja autoestima • Necesidad de afecto y/o atención • Niño o niña con actitud pasiva • Dificultades en desarrollo asertivo • Tendencia a la sumisión • Baja capacidad de toma de decisiones • Niño o niña en aislamiento • Timidez o retraimiento

 

Existen personalidades y actitudes que protegen a los niños y niñas contra los abusos y los identifican como los factores preventivos que se exponen a continuación:

• Desarrollo de una autoestima saludable, pues el niño/a tendrá conductas de autocuidado y pedirá ayuda en caso de necesitarlo. • Valoración del propio cuerpo, orientada a tomar conciencia de su valor y la necesidad de cuidarlo como parte de su espacio exclusivo y personal. • Buena comunicación con sus padres, profesores y adultos significativos, orientada a desarrollar  y  potenciar la capacidad de expresar con facilidad lo que les sucede y de que se sientan valorados y aceptados. • La identificación y sana expresión de sentimientos, para que el niño reconozca la diferencia entre las sensaciones de bienestar y aquéllas que son desagradables, y así poder distinguir entre una interacción amorosa y una peligrosa. • Respeto de sus propios límites corporales y emocionales, para facilitar la capacidad de no ceder ante una propuesta que le haga sentir incómodo. • Buena educación sexual, que los padres (con la ayuda del colegio) puedan dar a sus hijos, desde la más temprana infancia, una educación para el amor y para la vida, que se base en la valoración y respeto a la  propia dignidad y la de los demás. • Relación emocional estable, sólida y de confianza con sus padres: idealmente con ambos o, no pudiendo ser así, con uno de los padres o con una persona significativa.

 

La complejidad del tema es de especial responsabilidad de los padres, quienes deben trabajar estos aspectos en el hogar continuamente. El colegio por su parte, colabora a través de la formación académica y valórica que entrega en sus clases y en las diversas actividades escolares y por ello debe enfatizar en la formación de actitudes, hábitos, rutinas y seguimiento de normas, todo lo cual está enfocado en la seguridad física y psíquica de los niños, su formación integral y buen desarrollo de su personalidad y carácter.

 

B. Educación permanente:

• Programa de promoción de habilidades afectivas y sociales a través del Programa de Orientación del Ministerio de Educación: las habilidades sociales y afectivas son fundamentales para la autoestima y la  seguridad de los  niños, para que puedan enfrentar la vida. Este es uno de los factores protectores más  efectivos. Los   padres por su parte, son los formadores en primera instancia y todo el tiempo que  dediquen a sus hijos,  donde apliquen los valores que como familia tienen, favorecerán la contención y  seguridad que el niño requiere de su núcleo más íntimo y significativo.

 

 • El colegio promueve la educación sexual en el respeto, la responsabilidad y el amor y en conjunto con otras asignaturas  permiten trabajar la sexualidad desde una visión más integradora que contempla las inquietudes, intereses y características propias de cada etapa de desarrollo.

• Ambiente permanentemente sano, protegido, transparente y normado: el colegio se esmera por mantener y potenciar un clima escolar positivo, donde los alumnos se sientan acompañados, seguros, respetados y tranquilos. Se organizan todas las actividades con objetivos y temáticas detalladas y explícitas con el fin de aclarar las metas planteadas e integrar el desarrollo de valores en los espacios de estudio, aprendizaje y recreación. Los actos, las actividades extraprogramáticas, el trato, las normas y las clases están enfocadas en este punto.

 

C. Medidas y normas para la protección y seguridad de los alumnos

Dada la importancia de resguardar en todo momento la integridad de los niños y jóvenes de nuestro establecimiento, el Colegio dispone de una serie de rutinas que aseguran un ambiente de cuidado y protección de todos los estudiantes y que están claramente explicitadas en las “Medidas y Normas para la Protección de los Alumnos”

VI. Implementación del protocolo para la detección, acogida, protección y denuncia de situaciones de abuso sexual infantil:

 

1. Recepción de la información de abuso sexual:

Ante la sospecha o conocimiento que un niño o niña o adolescente está siendo abusado/a o bien  si el niño/alo cuenta directamente, es necesario: • No actuar en forma precipitada • Lo primero es acoger al/a niño/a, escucharlo/a y hacerlo/a sentir seguro/a. • Ante todo, es importante creerle, respetando sus sentimientos e intimidad. Decirle que el/ella  no es culpable del abuso. • No indagar, haciendo preguntas inadecuadas o incitando al niño/a a repetir una y otra vez frente a otros lo que le sucedió .

 

 • Asegurarle que sólo se le comentará el hecho a quienes puedan ayudarlo/a.

 

Es importante que se actúe como institución escolar y no aisladamente como profesor/a, por esto el caso se debe comunicar a la dirección del establecimiento. No es misión del profesor investigar los hechos, esto es función de los sistemas policiales y judiciales.

2. Derivación inmediata a la Directoradel colegio.    La persona que tome conocimiento de un hecho por un posible abuso sexual deberá dar cuenta de manera inmediata a la Directora. La descripción de los hechos también la dejará por escrito y bajo firma

3. La Directora confirmará si el hecho corresponde a una situación de abuso sexual según la definición entregada en este protocolo. De ser así se continuará con las siguientes medidas:

 

• Se asegurará el debido resguardo y tranquilidad de la víctima encargando su cuidado y compañía a un profesor/a de confianza para ella, mientras se informa a sus apoderados y se realizan los primeros trámites. • Si se trata de una agresión de un alumno a otro se separa a la víctima del alumno que ha cometido la agresión. Este último se lleva a una oficina del colegio a cargo de un profesor que lo  acompañe y cuide mientras se informa a sus apoderados y se realizan los primeros trámites. •Se determinará dentro del día su suspensión inmediata mientras dure la investigación o la cancelación de la matrícula.

 

 

 

•Si se trata de una agresión cometida por un profesor u otro trabajador del colegio se retira  inmediatamente al profesor o trabajador de sus funciones laborales. Primero se lleva a la oficina de la Directora donde se le informará respecto a su situación. Dependiendo de las circunstancias,  será retenido hasta que llegue Carabineros o se le exigirá retirarse del colegio hasta que la Justicia indique el siguiente proceder.•La Directora, elabora un breve informe con la descripción de los hechos acaecidos hasta ese  momento con el fin de contar con información clara, objetiva y completa que pueda ser  traspasada a otras instancias que la requerirán con prontitud: apoderados y Justicia.

 

•Entrevista con los apoderados:

• En la misma jornada se cita a los apoderados, padre y madre para  comunicarles la situación ocurrida.

• Si la situación de abuso es de un alumno a otro, se cita a los padres de la víctima y del   victimario  por separado.

• Se explicará a los padres que frente a un delito o sospecha de delito, existe para el Colegio la  obligación de denunciar, en Carabineros, Fiscalía o Policía de Investigaciones (PDI), lo cual serárealizado por el Colegio inmediatamente a continuación de la entrevista.• Se aclarará a los padres que estas situaciones deben ser investigadas por los sistemas   policiales y judiciales y que el Colegio pondrá en sus manos todos los datos, antecedentes  y  requerimientos para que ellos puedan esclarecer los hechos, juzgar y aplicar las penas, cuando corresponda.

 

• Una vez entregada la información a los apoderados, se incorporará a la reunión el  hijo/a con el fin de reunir a la brevedad a la familia y puedan apoyar y acoger a su niño/a. Si la situación lo permite, en esta ocasión tanto los padres, como el alumno y la Directora pueden hacer consultas o dar más información, todo lo cual será valioso para  la investigación judicial que ha de llevarse a cabo.

 

Se deja constancia de la entrevista y las medidas a adoptar, todo lo cual es firmado por los   apoderados.

4. Denuncia a los organismos correspondientes:

A continuación de la entrevista con los apoderados y dentro del plazo de las 24 horas, se interpondrá la denuncia en Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI) o Fiscalía. Si el posible agresor es un docente se pone a disposición del MINEDUC la información de la denuncia.

 

5.Investigación Interna

La Directora realiza una investigación interna de lo ocurrido para identificar posibles

irregularidades en el  sistema de funcionamiento del colegio, especialmente en cuanto a las   medidas preventivas de este mismo protocolo. En caso de necesidad, se hará adecuaciones   al protocolo y/o se tomarán las medidas que  correspondan para modificar y   asegurar la   efectividad de la normativa establecida por el Colegio.

 

  6.Programa de Contención para todos los alumnos del Colegio:

  Los Directivos del establecimiento,  elaborarán un programa de contención para los alumnos   de todo el  colegio que les informe con claridad respecto a los hechos ocurridos y a la   vez les   permita manifestar sus  sentimientos y visiones dentro del contexto del Colegio, con sus   compañeros y profesores y con el manejo formativo de la situación   liderado por sus   Profesores Jefes. El programa incluirá actividades y temáticas diversas que se trabajarán a lo   largo del año. Este programa se llevará a cabo a partir del día siguiente de  lo ocurrido y todos   los profesores serán los encargados de su implementación, con énfasis especialmente  en   el   caso de los Profesores Jefes, quienes serán  debidamente capacitados para estos efectos.

 

 7.Comunicación para Apoderados y Comunidad en general:

  Hecha la denuncia a la Justicia, el Colegio enviará una comunicación a todos los apoderados   para que se  informen de lo ocurrido y dispongan oportunamente de la versión oficial de los   hechos, las medidas  adoptadas y los planes de contención para los alumnos.

 

8.Elaboración del Informe Final

 La Directora complementa el Informe de la Situación de Abuso Sexual con los últimos datos     obtenidos, con  el fin de tener el registro de lo ocurrido en el Colegio y una copia para   entregarla a la Justicia.

 

 9. Seguimiento:

Son aquellas acciones que permiten conocer la evolución de la situación de abuso   pesquisada, a través de  llamados telefónicos, entrevistas, visitas, informes u otros. Con el objeto de anticiparnos a futuros cambios el Colegio Franz Liszt se reserva el derecho   de modificar, agregar o eliminar regulaciones del presente reglamento si las disposiciones   oficiales o internas así lo indican, cambios que serán oportunamente comunicados a   alumno/as y apoderados.